REUNIÓN PARA LA COORDINACIÓN DE MEDIDAS PARA FRENAR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS

La idea central es Maximizar el contralor de los protocolos, y la concientización de los ciudadanos. Cada área aportó desde su lugar de trabajo y competencia alternativas para el control de las restricciones oportunamente dispuestas por el gobierno nacional.

Asimismo se recuerda a la población que se espera la resolución oficial del AMBA, se modificará de acuerdo a la resolución de Jefatura de Gobierno de la Prov. de Buenos Aires que indicará la Fase en la que se encuentra el Municipio de José C. Paz.

Las autoridades que participaron del encuentro fueron el Secretario de Seguridad Crio. Insp (RA) Oscar Cadel; la Secretaria de Inspecciones Generales y Defensa del Consumidor, Dra. Roxana Gutiérrez; el Subsecretario de Seguridad Crio. Insp (R.A) Gustavo lglesias; el Jefe de La Estación de Policía Departamental de Seguridad José C. Paz, Com. Mayor Gabriel Diez; el Jefe del Comando Patrulla, Com. Roberto Cherey; el Jefe de la Unidad de Prevención de Policía Local, Subcom. Mario Villares; la Jefa de la Comisaría de la Mujer y la Familia, Com. Noemí Ybañez; el Titular de la Comisaría 1° Com. Pedro Formanowicz; Titular de la Comisaría 2°, Com. Mario Donadío; Titular de la Comisaría 3°, Daniel Melgar; representando a la Base Operativa de Gendarmería José C. Paz, Comandante Gustavo Cano; el Director General de Tránsito y Transporte, Julio Flores; el Director General de Defensa Civil, Marcelo Moreno; Encargado Prevención Urbana, Leonardo Jovine y el Coordinador General de los Foros de Seguridad, José Rolando Villegas.

Durante la reunión se enfatizaron y recordaron las pautas y reglas generales que son:

a. Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de DOS (2) metros.

b. Utilizar tapabocas en espacios compartidos.

c. Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.

d. Higienizarse asiduamente las manos.

e. Toser o estornudar en el pliegue del codo.

f. Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades.

g. En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de «caso confirmado» de COVID-19, «caso sospechoso», o «contacto estrecho».

Así como las medidas dictadas en el Decreto de necesidad y Urgencia 235/2021 del Poder Ejecutivo Nacional de fecha 8 de Abril del corriente, cuyos puntos sobresalientes son las restricciones horarias y para determinadas actividades:

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS EN LUGARES CON ALTO RIESGO EPIDEMIOLÓGICO Y SANITARIO

a. Viajes Grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos. 

b. Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de DIEZ (10) personas.

c. Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

d. Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de VEINTE (20) personas.

e. La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes.

f. Actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.

g. Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las VEINTITRÉS (23) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente.

RESTRICCIÓN A LA CIRCULACIÓN NOCTURNA: se establece la restricción de circular para las personas, entre las CERO (0) horas y las SEIS (6) horas.

 

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